Oferta y contrato
Todo por escrito, todo registrado
La oferta y el contrato ponen por escrito alquiler, duración y reglas. El contrato tiene que registrarse: sin registro es nulo, y os quedáis sin protección.
Cuánto dura: De pocos días a 2–3 semanas entre la oferta y la firma
Cómo se hace
1. La oferta
Por escrito: alquiler, duración, fecha de entrada, qué se queda en la casa. Un depósito, solo rastreable y con recibo.
2. El tipo de contrato
Libre 4+4; concertado 3+2 con el alquiler dentro de las franjas del acuerdo del ayuntamiento; temporal hasta 18 meses por un motivo escrito; para estudiantes, de 6 meses a 3 años.
3. El borrador
Pedidlo unos días antes: rescisión (para vosotros, normalmente 6 meses de preaviso), gastos, actualización por IPC (ISTAT), fianza.
4. El registro
Pedid el justificante de la Agenzia delle Entrate: es la prueba de que el contrato existe para la ley.
Cuánto cuesta
- Registro: 2 % del alquiler anual, como mínimo 67 €, la mitad a vuestro cargo; nada con la cedolare secca
- Timbre (bollo): 16 € cada 4 caras por copia, a medias; nada con la cedolare secca
- Certificación (solo concertado «no asistido»): la emite una asociación firmante del acuerdo del ayuntamiento
Quién hace qué
- Propietario: registra el contrato en un plazo de 30 días y os da el justificante en un plazo de 60
- Agencia: prepara la oferta y a menudo el contrato; puede registrarlo en nombre de las partes
Cuidado con
- Un contrato sin registrar es nulo (L. 311/2004); un alquiler en negro por encima del escrito es un pacto nulo, y podéis reclamar la diferencia.
- Con la cedolare secca, el propietario renuncia a las subidas por IPC durante toda la duración: pedid que conste por escrito.
- Pagad solo por transferencia o medios rastreables, siempre con recibo.
Preguntas que hacer · antes de firmar
- ¿Quién registra el contrato y cuándo me dais el justificante?
- ¿Habéis elegido la cedolare secca?
- ¿Cómo se actualiza el alquiler con los años?
- ¿Qué gastos son a mi cargo y cuáles al vuestro?
Indicaciones generales, actualizadas al 20 de octubre de 2026: para las decisiones importantes, consulta a un CAF (centro de asistencia fiscal), a un sindicato de inquilinos o a un abogado.