Oferta y contrato

Todo por escrito, todo registrado

La oferta y el contrato ponen por escrito alquiler, duración y reglas. El contrato tiene que registrarse: sin registro es nulo, y os quedáis sin protección.

Cuánto dura: De pocos días a 2–3 semanas entre la oferta y la firma

Cómo se hace

1. La oferta

Por escrito: alquiler, duración, fecha de entrada, qué se queda en la casa. Un depósito, solo rastreable y con recibo.

2. El tipo de contrato

Libre 4+4; concertado 3+2 con el alquiler dentro de las franjas del acuerdo del ayuntamiento; temporal hasta 18 meses por un motivo escrito; para estudiantes, de 6 meses a 3 años.

3. El borrador

Pedidlo unos días antes: rescisión (para vosotros, normalmente 6 meses de preaviso), gastos, actualización por IPC (ISTAT), fianza.

4. El registro

Pedid el justificante de la Agenzia delle Entrate: es la prueba de que el contrato existe para la ley.

Cuánto cuesta

  • Registro: 2 % del alquiler anual, como mínimo 67 €, la mitad a vuestro cargo; nada con la cedolare secca
  • Timbre (bollo): 16 € cada 4 caras por copia, a medias; nada con la cedolare secca
  • Certificación (solo concertado «no asistido»): la emite una asociación firmante del acuerdo del ayuntamiento

Quién hace qué

  • Propietario: registra el contrato en un plazo de 30 días y os da el justificante en un plazo de 60
  • Agencia: prepara la oferta y a menudo el contrato; puede registrarlo en nombre de las partes

Cuidado con

  • Un contrato sin registrar es nulo (L. 311/2004); un alquiler en negro por encima del escrito es un pacto nulo, y podéis reclamar la diferencia.
  • Con la cedolare secca, el propietario renuncia a las subidas por IPC durante toda la duración: pedid que conste por escrito.
  • Pagad solo por transferencia o medios rastreables, siempre con recibo.

Preguntas que hacer · antes de firmar

  • ¿Quién registra el contrato y cuándo me dais el justificante?
  • ¿Habéis elegido la cedolare secca?
  • ¿Cómo se actualiza el alquiler con los años?
  • ¿Qué gastos son a mi cargo y cuáles al vuestro?

Indicaciones generales, actualizadas al 20 de octubre de 2026: para las decisiones importantes, consulta a un CAF (centro de asistencia fiscal), a un sindicato de inquilinos o a un abogado.